¿El proceso de alimentos?

AnyConv.com__young-child-suffering-from-abuse-by-parents-fighting-home

Si bien el título puede parecer polémico, no es la primera, ni segunda, ni mucho menos la décima vez que llegan a la secretaría judicial del suscrito, usuarios indicando que sus abogados los han abandonado, o que no los atienden porque no tienen el tiempo suficiente. Ello claramente porque si bien el proceso de asignación de pensión de alimentos para menores de edad es el más común de entre todos, no menos cierto es que es el menos oneroso, y el que no suelen llevar los abogados experimentados, a pesar de que solo se necesite seguir unas simples reglas a fin de lograr la continuación del proceso.

2. El proceso de alimentos

El Señor usuario judicial, debe entender que alimentos son todo lo que un niño necesita para desarrollarse. No solo ingresarán en este término los alimentos, sino también gastos de salud, recreación, vestido, educación, y otros que sean necesarios, y que deben ser cubiertos por los padres.

Este proceso es simplemente el pedido que hace uno de los padres, tutor, abuelos, hermano u otros, a favor del menor. Será obligación del juez determinar si ha de establecerse las condiciones necesarias para otorgar una pensión de alimentos.

Leyes nacionales

El Perú cuenta con leyes que protegen los derechos de los niños, incluido el derecho a recibir alimentos. Además La Ley de Protección y Promoción de los Derechos de los Niños y Adolescentes establece medidas para garantizar que los niños reciban una alimentación adecuada, incluso en casos de abandono paterno.

Responsabilidad paterna

Según la legislación peruana, los padres tienen la obligación legal de proporcionar alimentos a sus hijos, independientemente de su estado civil o relación con la madre. Asimismo Esta responsabilidad se extiende a cubrir las necesidades básicas de los niños, incluida la alimentación, la vivienda y la educación.

alimentos

¿Necesito un abogado?

Aunque las más de las veces es muy recomendable tomar los servicios de un abogado, lo cierto es que no es necesario tener un abogado para interponer una demanda de alimentos. De igual forma, debe tenerse presente que no solo el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos brinda abogados de oficio. Instituciones como Alegra, CEM, y los estudios jurídicos gratuitos de las diferentes universidades del país, coadyuvan a la defensa de los usuarios judiciales de manera gratuita.

¿Cómo hago mi demanda?

La página del Poder Judicial brinda un formulario simple y sencillo para presentar las demandas de alimentos para niños y adolescentes, el cual es de distribución gratuita. Es obligación de los servidores judiciales proporcionar los mismos sin costo alguno. En otras palabras, todos los usuarios judiciales tienen el derecho de recurrir a cualquier Corte Superior del país, y solicitar el expresado formulario; sin perjuicio de ello, desarrollaremos punto a punto lo que debe contener una demanda, a fin de que nuestro amigo judicial, llamado secretario judicial, admita el mismo y continúe con el proceso.

Designación del juez

Respecto a este punto, solo basta llenar el mismo indicando la designación del Juez de Paz Letrado, seguido del distrito al que pertenece la Corte Superior. Sin embargo, debe dirigirse la demanda al juez del domicilio del demandado o del demandante, sin perjuicio de que, de hacerlo erradamente, el secretario judicial remitirá los mismos al órgano jurisdiccional correspondiente, lo que tomará tiempo, y eso es lo que menos se tiene en este tipo de procesos.

  • Datos para las personas que se solicitan alimentos
  • Debe indicarse el nombre de todos los menores para quien se esté pidiendo alimentos, especificando su edad y el vínculo con el demandado; generalmente es el padre, pero puede también estar dirigida al abuelo o hermano. No olvide consignar si el alimentista cuenta con alguna discapacidad, lo que será demostrado con el carnet Conadis respectivo.
  • Datos del demandado
  • Este punto es muy importante. Ten en cuenta que debe contener el nombre exacto del demandado, así como su domicilio de residencia, ello de manera específica. Se recomienda altamente anexar un croquis del domicilio del demandado a fin de evitar devoluciones innecesarias de la cedula de notificación. Del mismo modo, si se cuenta con dicha información, vale poner el número celular del demandado, ya que también puede ser notificado por dicho medio; de la misma forma, es de suma importancia indicar en qué trabaja el demandado y cuánto gana por dicho trabajo.

4. Trámite

Llegados a este punto, se le notificará con el auto admisorio (pudiendo en él indicarse que hay ciertos requisitos que son inadmisibles, el cual debe ser especificado obligatoriamente por el secretario judicial, dando un plazo para su subsanación). Este contendrá el requerimiento al demandado para que acompañe la última declaración jurada del impuesto a la renta, o documento análogo, la fecha y hora para la audiencia única, la medida cautelar a favor del menor, lo que significa que se otorgará una pensión de alimentos temporal en un monto proporcional y/o parecido al solicitado hasta que se emita la sentencia. De la misma forma, de ser el caso, el juez tiene la facultad de oficiar al empleador para que remita información sobre el trabajo, cargo, remuneración que percibe el demandado, y de ser necesario solicitar un abogado de oficio.

abandono

5. Ejecución

Lo primero significa que ninguna de las partes hayan apelado la sentencia, y lo segundo, que dicho recurso haya llegado a su instancia máxima, el cual al comenzar en el Juzgado de Paz Letrado, solo llegará hasta el Juzgado de Familia, donde su decisión será final; conforme a ello, debe indicarse que la sentencia de alimentos se ejecuta aunque haya apelación, ello de conformidad con el artículo 566 del Código Procesal Civil.

¿Dónde puedo asesorarme sobre un proceso de alimentos?

¡En Estudio Jurídico, contamos con abogados especializados con maestría en derecho, que cuentan con el conocimiento de cómo de como defender un caso legalmente ante un juez, o tribunal de forma segura.

Agenda tu cita aquí

× ¿Cómo puedo ayudarte?